El Gobierno nacional avanza con una de las reformas más profundas del sistema de transporte marítimo argentino de las últimas décadas. El anteproyecto de Ley de Desregulación elaborado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger y que todavía no fue remitido al Congreso, propone abrir el cabotaje nacional a buques de bandera extranjera, flexibilizar las condiciones de contratación de tripulaciones, modificar la Ley de Navegación y reformular el régimen de promoción de la marina mercante. La iniciativa genera resistencias y cuestionamientos de diversos sectores.
Las modificaciones están contenidas en el Título VII del anteproyecto, dedicado íntegramente al cabotaje, la navegación y la competitividad del transporte marítimo. El texto representa un cambio de paradigma respecto del régimen vigente, que históricamente reservó el transporte entre puertos argentinos a embarcaciones de bandera nacional o con tratamiento equivalente.
ELIMINA EXCLUSIVIDAD DE BANDERA ARGENTINA
Uno de los ejes centrales de la iniciativa establece que la navegación, comunicación y comercio de cabotaje podrán ser realizados tanto por buques de bandera argentina como por embarcaciones de bandera extranjera. Para estas últimas se crea un régimen que les permitirá operar libremente en el tráfico doméstico, debiendo únicamente informar su ingreso y período de permanencia a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), además de acreditar seguros y la documentación administrativa correspondiente.
TRIPULACIONES EXTRANJERAS
El proyecto también modifica el régimen laboral aplicable a las tripulaciones de los buques extranjeros. Durante los primeros 90 días de operación en el cabotaje argentino no se exigirá la incorporación de personal nacional. Entre los 91 y 180 días deberá integrarse un mínimo del 20% de tripulantes argentinos, residentes permanentes o ciudadanos de países del Mercosur; entre los 181 y 360 días ese porcentaje ascenderá al 40%, mientras que recién después de un año de operaciones continuas o discontinuas la dotación deberá alcanzar un 75% de personal comprendido en esas categorías. A partir de los primeros 90 días, además, los armadores deberán registrar al personal argentino o residente y efectuar los aportes al sistema previsional nacional.
DOTACIÓN MÍNIMA A CRITERIO DEL ARMADOR
La iniciativa incorpora, además, una redefinición del concepto de cabotaje. Determinados traslados de cargas vinculados a operaciones internacionales dejarán de ser considerados comercio de cabotaje cuando constituyan etapas accesorias de un transporte internacional. Del mismo modo, el movimiento de contenedores vacíos, pallets y otros elementos logísticos podrá ser realizado por embarcaciones de cualquier bandera sin quedar alcanzado por las restricciones previstas para el transporte doméstico.
Otro de los capítulos modifica aspectos sustanciales de la Ley de Navegación. El anteproyecto diferencia por primera vez entre la “dotación mínima de seguridad”, indispensable para garantizar la operación segura del buque, y la “dotación de explotación operativa”, cuyo número quedará a criterio del armador según su plan de negocios y las características de cada servicio. Asimismo, la ANPyN sólo podrá emitir lineamientos técnicos de carácter no obligatorio respecto de la cantidad de tripulantes necesaria para la explotación comercial de las embarcaciones.
SIN ‘BOLSA DE TRABAJO’ SINDICAL
En esa misma línea, el proyecto amplía la libertad de contratación de personal embarcado. Los armadores podrán seleccionar directamente a los tripulantes habilitados, mientras que los listados confeccionados por las organizaciones sindicales pasarán a tener carácter meramente orientativo y no vinculante. También se flexibilizan los requisitos de nacionalidad para el personal de maestranza y marinería y se habilitan excepciones para embarcaciones de alta especialización técnica destinadas a proyectos energéticos.
FUNDAMENTO: REDUCCIÓN DE COSTOS
El capítulo dedicado a la competitividad de la marina mercante contempla una batería de incentivos fiscales. Entre ellos se incluyen beneficios impositivos para el combustible utilizado por embarcaciones de cabotaje, la posibilidad de acceder al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para inversiones navieras y la fijación de una alícuota del 0% del Derecho de Importación Extrazona para buques nuevos o usados de hasta veinte años de antigüedad que se incorporen a la bandera nacional. También se promueve la simplificación de los procedimientos aduaneros y se invita a las provincias a eximir del impuesto sobre los Ingresos Brutos al combustible naval destinado al cabotaje.
Desde el Gobierno sostienen que la reforma apunta a reducir los costos logísticos, incrementar la competencia y recuperar competitividad para un sistema de transporte que perdió participación frente a otros modos. La apertura del cabotaje y la flexibilización normativa, argumentan, permitirían ampliar la oferta de servicios y favorecer inversiones en el sector.
REPAROS A LA FLEXIBILIZACIÓN
Sin embargo, la iniciativa ya comenzó a generar fuertes resistencias antes incluso de ingresar al Congreso. Diversos sindicatos marítimos, centros de capitanes, gremios portuarios, representantes de la marina mercante y sectores vinculados a la industria naval cuestionan la habilitación de buques extranjeros para operar en el tráfico interno y advierten que las modificaciones podrían traducirse en una pérdida de empleo para los trabajadores argentinos, un debilitamiento de la flota de bandera nacional y un retroceso en materia de soberanía logística. También expresan reparos respecto de la flexibilización de las dotaciones, los cambios en los criterios de contratación de personal y el impacto que la desregulación podría tener sobre la actividad de los astilleros nacionales.
Aunque todavía permanece en calidad de anteproyecto y no fue enviado al Congreso, el texto constituye una de las reformas estructurales más ambiciosas impulsadas por la gestión de Javier Milei en materia de transporte marítimo y promete abrir un intenso debate político, económico y sindical una vez que inicie su tratamiento parlamentario.
