LA MALQUERIDA

Haz lo que yo digo pero no lo que yo hago

Crónica de un final anunciado.

El Proyecto de modificaciones a la actual Ley Federal de Pesca fue dejado de lado, y como La Cigarra de María Elena Walsh, la Ley 24.922 ha sobrevivido, aunque de hecho y en los últimos años ha sido violada con la sensación de existir una absoluta impunidad.

Como será de evidente el mal olor que emanan las irregularidades cometidas, sin contar con la Ley IX-157, los permisos de pesca comerciales disfrazados de artesanales, etc, que el Presidente Milei se ha dado cuenta de ello, siendo que su contacto más cercano con la pesca, ha sido comer ceviche en el Restaurante FURIA de Mar del Plata, durante la campaña electoral.

No existe en el sector pesquero nadie que no haya declamado fervientemente en estos días, acerca de la necesaria vigencia de la Constitución Nacional, la importancia de la Ley Federal de Pesca como herramienta indispensable de un sistema de administración de pesquerías sostenibles.

Sin embargo, algunos de los que la defienden de esa manera, son los mismos que la han violado, o la violan diariamente, quizás creyendo que nadie se dará cuenta, o que los brazos de la impunidad los ponen a resguardo de un temporal inevitable, que comienza a mostrar sus primeras manifestaciones.

Quienes lo hacen, pocos, pero perfectamente reconocibles, exhiben una gran ignorancia y un caradurismo sin límites, y los debimos soportar en el memorable Zoom convocado por el Sr. Gobernador de Chubut en la mañana del jueves 18 de Enero de 2024.

I.- “CAMBALACHE”

Las exposiciones con un Moderador designado de apuro, que ha recibido la pesada herencia de dilucidar, denunciar o encubrir -ésa es su decisión-, las más graves ilegalidades cometidas en la pesca argentina durante más de dos décadas, comenzaron con la exposición de un empresario, que al igual que más de una decena de ellos en Chubut, despacharían y capturarían diariamente en exceso, entre 500 y 1.000 cajones de langostino promedio respecto de sus Permisos originales y válidos, algunos más aún, según surgiría de sus propios Partes de Pesca, mientras el resto de la flota lo hace de acuerdo a la Ley, sin haber modificado sus capacidades de bodega, tal como lo ordena la Ley Nacional, y lo decía la Ley Provincial de Pesca IX-75.

Esos Buques se encontrarían incluidos en la “PROMO CHUBUT” = TRES (a veces, cuatro) X UNO, CON GARANTIA DE IMPUNIDAD.

Sobre una diferencia aprox. de 1.000 cajones por marea promedio, y una facturación de U$S 35.000 por marea, a 75 días de temporada, se obtienen unos U$S 2.000.000.- de pesca ilegal, que es evidente que las Autoridades que debían fiscalizar no lo habrían detectado, aunque el actual Secretario de Pesca sí lo ha hecho hasta ahora en un (1) solo caso.

SÍ se labran numerosas infracciones por montos millonarios por diferencias en el pesaje en muelle, de 100 gramos en un cajón de 18 kilogramos de langostino, ¿y no se advierten diferencias de 2.000 kilogramos de langostino por viaje?

Raro.

Ignacio Torres ha dicho: “Esos permisos de pesca valen siete millones de dólares y los van a tener que poner, les guste o no les guste. Si no se van a tener que hacer cargo y rendir cuentas como corresponde”.

¿ Existe otra forma de rendir cuentas que no sea como corresponde ?

Pareciera que en Chubut sí, al decir del Sr. Gobernador?

Además, en una suerte de desmemoria selectiva, se olvidó 5 Permisos, en las mismas condiciones o mucho peores que los 7 aludidos, pero a juzgar por sus hechos y dichos, no tiene interés en ellos, o los tiene demasiado ?, máxime si se repara en los fallos judiciales express, en favor un grupo VIP, mientras otras causas mucho más importantes, demoran años y sus voluminosos expedientes transitan por los pasillos de Tribunales transportados por la tortuga “Manuelita”.

El ex Gobernador Arcioni consideraba que un Permiso de Pesca de los llamados “solidarios” valía U$S 2.000.000.-, y el actual, tan solo U$S 1.000.000.-

equivocar el precio de un kilo de pan, o un litro de leche, o un kilo de helado en temporada, puede ocurrir, pero errar en un U$S 1.000.000.- parece un error grosero, indisimulable, máxime si se trata de un cobro a título de colaboración y/o dádiva publica, “… dándole la posibilidad de reivindicarse a aquellos que fueron beneficiados, sin ninguna contraprestación, ..” (sic), ya que ahora no habría otorgamientos de Permisos por Ley, previa derogación (“voy a voltear la Ley”), y el monto de la reivindicación, estaría destinado -un acierto indudable y merecido- a construir escuelas para la educación de los chubutenses, que llevan años sin recibir clases normalmente, aunque seguramente serán construidas por las Empresas investigadas en la causa “Revelación”.

El tema de los cupos otorgados generosamente por el Consejo Federal de Pesca, distribuidos a nivel provincial en forma discrecional durante los años pasados, y su fiscalización. Otro Capítulo, más raro aún.

Volvamos al Zoom.

Como era de esperar, el disertante argumentó acerca de las bondades de la LEY, la que él violaría en cada marea, y como era previsible también, abogó por LA CONTINUIDAD DE ESTE SISTEMA, … no sin antes señalar que las modificaciones propuestas atentan contra la sostenibilidad y el buen manejo de los recursos pesqueros.

Prosiguieron los discursos, entre ellos, quien fuera calificado casi de delincuente por el Sr. Gobernador, como beneficiario en la obtención a sabiendas de permisos ilegales o poco transparentes, ….., comienza y culmina su alocución, agradeciendo a la misma persona que lo califico de tal modo, un acto de genuflexión extrema, y más tarde, el arco sindical, representado por el privilegiado integrante de la Comisión de otorgamiento de los Permisos de Pesca de la nueva Ley Provincial, la misma que el Sr. Gobernador ha prometido “voltear”, justamente por la falta de transparencia en el otorgamiento de los mismos, con su participación, se explayó acerca de los “beneficios” que otorgaba la Ley que no debía modificarse.

Si bien los funcionarios chubutenses no son muy afectos a la lectura, mucho menos de las Leyes, debieran recordar y tener presente que mucho antes que existiese el Puerto de Rawson, y algunos de sus Buques de su Flota amarilla, Abraham Lincoln decía:

“Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo. Puedes engañar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo.”

II.- LA MALQUERIDA

Vayamos a LA LEY 24.922, “LA MALQUERIDA”, y a las decisiones tomadas por la Provincia del Chubut desde el AÑO 2018.

1.- La Ley XVII – N° 59 de la Provincia del Chubut, adhiere de forma incondicionada, SIN RESERVAS,  al Régimen Nacional de la Ley 24.922.

2.- En el año 2007, la Provincia del Chubut sanciona la LEY IX-75, publicada en el Boletín Oficial el día 26/07/2007, con declaración parcial de INCONSTITUCIONALIDAD, por un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del año 2012, pronunciamiento que a nadie sorprendió, dada la ilegalidad manifiesta y conocida de su contenido, una obra de los Legisladores de Chubut que ha sido repetida -con mayores ilegalidades- en la Nochebuena para algunos, del año 2022.

3.- Sin embargo, sobre finales del año 2018, empezó la Fiesta de la ilegalidad y la impunidad.

No se requiere poseer una inteligencia superior, o conocimientos jurídicos especializados, para advertir que ningún Gobierno o Gobernante de la Provincia del Chubut en 20 años desde la vigencia de la Ley 24.922 (La Malquerida), y en más de 10 años de aplicación de la Ley IX-75, procedió de tal modo.

¿ Porque ocurrió eso durante tanto tiempo ?

Sencillamente, porque la Constitución Nacional,  la Ley Federal de Pesca y la Ley Provincial NO LO PERMITEN.

Y cuando lo hicieron (Ley IX-75), la Corte Suprema de Justicia declaró su Inconstitucionalidad, aunque en estos casos nadie le devolverá un dólar de sus ganancias ilegales al pueblo de Chubut, salvo que el Sr. Fiscal de Estado solicite la aplicación de LA LEY PROVINCIAL I N° 560.

III.- EL DECRETO Nº 1109/2018 – MULTIPLICANDO BODEGAS, PECES Y PANES.

A pesar de la claridad de la LEY 24.922, y del Artículo 35 de la Ley IX-75, incluso del Artículo 62 (aplicación supletoria de la legislación nacional), el  28 de Noviembre de 2018, se dicta el Decreto 1109/2018, que reglamenta el Artículo 35 de la Ley de Pesca Provincial IX-75,

ONCE (11), SÍ, ONCE AÑOS DESPUES DE SU DICTADO, se reglamenta un Artículo que no genera ninguna duda, y que su aplicación había ocasionado la condena penal en Primera Instancia de la exministra Dufour, por sentencia de fecha 20 de septiembre del año 2016, -luego dejada sin efecto, por aquello de la justicia independiente en la Provincia del Chubut-, con la participación del Consejo Federal Pesquero en el proceso.

La pregunta es ineludible: ¿Cuál sería el motivo o razón para reglamentar solamente el Artículo 35 después de once años?

La respuesta es muy sencilla = modificar las bodegas de los que querían o eran invitados -no todos- a participar de la fiesta de la ilegalidad.

¿Qué decía el ARTICULO 35 DE LA LEY IX-75 ?

Capítulo V – Reemplazo de buques

Artículo 35.- El reemplazo de buques sólo será admitido a otra unidad de capacidad de bodega menor o equivalente a la embarcación sustituida, a fin de que no implique un aumento del esfuerzo pesquero, no pudiéndose en ningún caso sustituir congeladores por fresqueros.

El Decreto 1109 arrasó con la LEY 24.922, con las decisiones del Consejo Federal Pesquero, legisló por encima y violando la Ley que debía reglamentar, y permitió que muchos Buques de la flota amarilla de Rawson, justo es decirlo, NO TODOS, aumentaran sus capacidades de bodegas de manera notable.

Esta violación de la Ley 24.922 (la Malquerida), gracias a la creatividad y temeridad del ex Gobernador, una norma inconstitucional por donde se la mire, incluso, legisla acerca de las llamadas Reformulaciones, que NO aparecen mencionadas en ninguna de las dos leyes, NI SIQUIERA UNA VEZ, mucho menos que el MANUAL DE CARGA SE VINCULE CON LA CAPACIDAD DE BODEGA MENOR O EQUIVALENTE (Art.35), lo que se dice, un visionario.

Se produjo así en Chubut, la multiplicación ilegal y bíblica de los peces (langostinos) y “los panes”.

Esta fue la verdadera catástrofe ecológica, mucho más grave que lo ocurrido con los 125 millones de dólares que se dicen haber perdido en los días de paros del SUPA, o del STIA, lo que resulta una consecuencia innegable de lo hecho en el pasado.

Los trabajadores no son ciegos, ni tontos, de hecho deben poseer registros de las descargas crecientes de los Buques, y lamentablemente han terminado pagando las consecuencias, al igual que las Empresas que cumplen y han cumplido con la LEY.

IV.- LA LEY 24.922 y EL DECRETO REGLAMENTARIO Nº 748/99

Veamos que dice la LEY NACIONAL, la HOY defendida por todos, y violada cada día por algunos.

ARTICULO 30 DE LA LEY 24.922

“EL PERMISO DE PESCA SOLO PODRA SER TRANSFERIDO A OTRA UNIDAD O UNIDADES DE CAPACIDAD EQUIVALENTE, QUE NO IMPLIQUEN UN INCREMENTO DEL ESFUERZO PESQUERO, …”

ARTICULO 4 DEL DECRETO REGLAMENTARIO 748/99.

“LAS DECISIONES QUE ADOPTE Y LAS RESOLUCIONES QUE DICTE EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO, COMO LAS MEDIDAS QUE DISPONGA LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN A REQUERIMIENTO DE AQUÉL, SERAN OBLIGATORIAS PARA LA NACIÓN Y LAS PROVINCIAS CON LITORAL MARITIMO”.

¿Cómo es posible reglamentar el Artículo 35 aumentando el esfuerzo pesquero, de manera tan burda?

SOLO HABIA QUE SABER LEER PARA HACERLO BIEN (Dr. Arcioni, la capacidad de bodega se mide en metros cúbicos, NO en toneladas de un manual de carga), si se quería hacerlo bien, ya que se había tardado tanto tiempo, 11 años, ¿… por qué no hacerlo bien

TODOS LOS PERMISOS DE LA PESCA ARGENTINA RECONOCIDOS POR EL ARTICULO 27 DE LA LEY 24922, SE HAN FIJADO Y SE FIJAN EN METROS CUBICOS DE BODEGA, MENOS “ALGUNOS” DE LOS PERMISOS DE PESCA EN CHUBUT A PARTIR DEL AÑO 2018, QUE SE ESTABLECEN EN TONELADAS DEL MANUAL DE CARGA, un concepto propio de una Ordenanza Marítima de la Prefectura Naval Argentina, relacionada con la ESTABILIDAD DE LOS BUQUES.

Tan vergonzoso como ilegal.

Un Decreto manifiestamente inconstitucional, que VIOLA LA MALQUERIDA (Ley 24.922), sin que la Autoridad Nacional  o el Consejo Federal Pesquero hayan hecho absolutamente NADA.

Raro.

El Dr. Andrés Arbeletche ha dicho públicamente que: “Vamos a ordenar la pesca en Chubut, aunque a algunos les moleste”.

Primero. Reconoce que existe un evidente desorden, y ha sido benévolo con el término que ha utilizado.

Segundo. Los “algunos” serán los mismos del Decreto 1109/2018?

Tercero y lo más importante. Aplicó la Ley, en el caso del Buque “ESPARTANO”, dictando una resolución que retorna al criterio de la capacidad de bodega en metros cúbicos (único concepto legal aplicable, a contramano de sus antecesores) y sancionando –si bien a lo Borromeo- al Buque infractor.

HOY el Gobernador pide a gritos que SE CUMPLA LA LEY, la Justicia ordena lo mismo, cabe preguntarse:

¿Rige la LEY en la Provincia del Chubut Chubut en materia pesquera?

No habrá que recurrir a Juan Vucetich para la recolección de las huellas, ni a Sherlock Holmes o Columbus para encontrar la respuesta, porque los Permisos emitidos acreditarán la magnitud del aumento y la violación de la Ley, basta verlos en el muelle de Rawson para advertir el cambio en sus tamaños y en sus Descargas.

El Decreto 1109/2018 resultó ser una aplicación de somatotropina (la hormona que permitió el crecimiento de Messi), en dosis elevadas, muy elevadas.

Los funcionarios han demostrado un alto grado de generosidad con los bienes ajenos, DE TODOS, en favor de un minúsculo grupo -perfectamente identificable-, con una elemental Auditoria.

Si el Interventor de SEROS en la Auditoria ordenada por el Sr. Gobernador de Chubut, detectó 1.600 casos de irregularidades en tan solo 45 días, ¿por qué razón la Secretaría de Pesca no ha podido hacer lo propio con no más de 20 casos?

Raro.

Tenían razón los participantes del Zoom del jueves 18 de enero de 2024,

¡ NO A LA MODIFICACION DE LA LEY DE PESCA !,

pero omitieron decir, -quizás era demasiado- que,

¡ HAY QUE CUMPLIRLA, Y HACERLA CUMPLIR, TAN SENCILLO Y FACIL, QUE PARECE MENTIRA QUE HAYA QUE DECIRLO.!

Haz lo que yo digo, pero ni se te ocurra hacer lo que yo hago.

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