La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo al reclamo de la CGT de suspender la aplicación de 81 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral por supuesta inconstitucionalidad: el fallo sostiene que no se cumplen los requisitos legales para dictar esa medida provisional.
La sentencia, firmada por los jueces Rogelio Vincenti y Jorge Eduardo Morán, representa otro duro revés de la CGT en la Justicia y permitirá que la ley permanezca en vigencia mientras continúe la demanda colectiva.
Una jueza de primera instancia había dejado sin efecto la suspensión temporaria de los artículos, al considerar que los pedidos de la CGT superan lo que puede analizarse en una medida urgente. La Cámara Contencioso Administrativo Federal ahora respaldó este criterio.
Según el fallo, la complejidad del caso exige un debate más amplio, con análisis de pruebas y argumentos que sólo pueden resolverse cuando se estudie el fondo de la cuestión. Por ejemplo, la CGT cuestiona la afectación de derechos como el de huelga, la negociación colectiva y la protección de los representantes sindicales, así como el cambio en licencias, vacaciones y salarios.
El tribunal explicó que un incidente cautelar —es decir, una medida pedida para proteger derechos provisoriamente mientras sigue el juicio— no es el ámbito para debatir si la ley es inconstitucional o no.
Los camaristas también remarcaron que la ley impugnada fue sancionada por el Congreso Nacional bajo los procedimientos previstos en la Constitución Nacional por lo que “examinar el pedido de inconstitucionalidad para decidir una suspensión provisional significaría adelantar una decisión sobre el fondo del asunto”.
En el fallo se subraya: “Otorgar una medida como la solicitada por la CGT sólo corresponde cuando existen indicios serios y graves sobre la ilegitimidad de una norma. En este caso, tales indicios no se pudieron demostrar en esta etapa preliminar”.
Uno de los focos centrales en la disputa judicial entre el Gobierno y la CGT fue el llamado “peligro en la demora”, es decir, si esperar hasta la sentencia definitiva podría producir daños irreparables a trabajadores o sindicatos.
La presentación cegetista planteó que la aplicación inmediata de los cambios causa perjuicios “graves e irreversibles” y afirmó que se vulneran derechos básicos, desde la huelga hasta la estabilidad y la protección salarial, por lo que esos daños “no podrán ser reparados por la sentencia definitiva” si se continúa aplicando la ley. También sostuvo que, en cambio, “la suspensión provisional no genera efectos jurídicos irreversibles”, ya que sería sólo hasta que haya una resolución final.
