Las empresas pesqueras Conarpesa Continental Armadores de Pesca S.A. y Agropez S.A. presentaron ante el Juzgado de Garantías de Puerto Madryn un recurso en el que solicitan declarar nula la decisión del Ministerio Público Fiscal de desestimar la denuncia penal que habían radicado contra un grupo de trabajadores y dirigentes sindicales que, según relatan, ingresaron y ocuparon las oficinas administrativas de la planta pesquera el 15 de julio pasado. El planteo lleva la firma del abogado Luis Ángel Novoa, con el patrocinio de Federico Ruffa y Alfredo Pérez Galimberti, y fue presentado este jueves 6 de agosto.
PIDEN ANULAR LA DESESTIMACIÓN FISCAL
El eje de la presentación es evitar que el expediente quede archivado. El 29 de julio, el abogado de la fiscalía Blas Paci había resuelto desestimar la denuncia, entendiendo que los hechos denunciados no constituían delito. Las empresas cuestionan esa decisión por dos vías simultáneas: primero, piden que se la declare nula por un vicio de procedimiento; y en forma subsidiaria, si esa nulidad no prospera, solicitan que un fiscal superior revise el fondo del asunto y disponga que se investigue.
El petitorio final resume esa doble estrategia: que el juez decrete la nulidad del dictamen por falta de legitimación del funcionario que lo firmó y ordene su reenvío al fiscal en turno para que examine la denuncia; y que, si esa nulidad no fuera aceptada, se dé intervención al superior jerárquico para que revise la decisión de desestimar el caso. En ambos escenarios, el objetivo declarado es el mismo: que la causa avance y no se cierre sin una investigación de los hechos.
UN ABOGADO SIN SUPERVISIÓN DE UN FISCAL
Según el escrito, la Ley Orgánica del Ministerio Público exige que los abogados de fiscalía cuenten con supervisión de un fiscal cuando se trata de disponer de la acción penal, incluida la desestimación de una denuncia. Los querellantes sostienen que Paci resolvió “en soledad”, sin esa supervisión obligatoria, y que ese defecto no puede subsanarse porque la víctima —en este caso las empresas— no aceptó los efectos del acto. Citan además jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia y de la Cámara Penal de Trelew para sostener que la nulidad, aunque es una sanción excepcional, corresponde quedar cuando el vicio no admite ser convalidado.
APUNTAN A SINDICALISTAS
La denuncia original, según se detalla en la presentación, describe que el 15 de julio, alrededor de las 10:30, un grupo de unas 40 personas aprovechó el ingreso de un vehículo a la planta de Conarpesa para entrar a las oficinas administrativas sin autorización. Los denunciantes identifican como referentes de esa acción a los dirigentes sindicales José Díaz, Oscar Hughes y Osvaldo González, del sindicato STIA. Afirman que el personal administrativo pudo retirarse mientras otro grupo permaneció resguardando las oficinas, y que pese a los pedidos reiterados para que se retiraran, los manifestantes se negaron a hacerlo hasta la llegada de la policía.
‘VIOLACIÓN DE DOMICILIO, NO DERECHO DE HUELGA’
Más allá del planteo de nulidad, el escrito impugna también el contenido del dictamen fiscal para el caso de que la nulidad no sea aceptada. Sostienen que Paci encuadró mal los hechos al analizarlos bajo la figura del artículo 194 del Código Penal —entorpecimiento de servicios— y el derecho de huelga, cuando a su criterio correspondería encuadrarlos en el artículo 150, que protege el domicilio y los locales comerciales. Con apoyo en doctrina penal y en el fallo “Schifrin” de la Cámara Nacional de Casación Penal, argumentan que la huelga es abstención de trabajo y no ocupación de instalaciones, y que existían vías alternativas —como la conciliación obligatoria o el amparo sindical— para canalizar el reclamo sin ingresar a las oficinas.
Con la presentación, la Oficina Judicial de Puerto Madryn deberá sortear un magistrado para resolver el planteo de nulidad. De su decisión dependerá si la causa vuelve a fiscalía para que se investigue el episodio, si interviene un fiscal superior para revisar el dictamen, o si la desestimación original queda firme y el expediente se cierra definitivamente.
