La cámara de la flota amarilla de Rawson que conduce Gustavo González rechaza dar cumplimiento a la reciente ley aprobada en Chubut que sanciona y castiga con la suspensión o retiro de los permisos de pesca a aquellas empresas o propietarios que cometan delitos dolosos, evasión fiscal o irregularidades graves en la actividad pesquera.
Los empresarios enrolados en la CAFACh se oponen a ser castigados si incurrieran en defraudación dolosa (fraude intencional), evasión tributaria, deudas fiscales o incumplimientos administrativos graves. Tampoco quieren ser sancionados con la quita de las licencias de pesca si recibieran condenas firmes por delitos dolosos o cometieran irregularidades vinculadas a la explotación de permisos, cuotas o habilitaciones pesqueras.
Ese nucleamiento empresario interpuso ante el Superior Tribunal de Justicia de Chubut una acción declarativa de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia para frenar la aplicación de la Ley IX N° 180, alegando que la normativa vulnera ‘derechos adquiridos’ y genera ‘inseguridad jurídica’.
Hasta el momento, la Ley de Ficha Limpia Pesquera no se ha aplicado en ningún caso en particular, por lo que la CAFACh no ha pedido una medida cautelar de efectos suspensivos, sino que promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad general.
El máximo tribunal de Justicia de la provincia deberá ahora determinar la admisibilidad o no del planteo sin caso concreto, si es o no la vía escogida la apropiada, y, eventualmente, analizar la cuestión, aunque no tiene plazos para dictar una resolución.
Este sector empresario ataca la nueva normativa pesquera aprobada y promulgada el mes pasado aduciendo que afecta derechos adquiridos, señalando que hay permisionarios de CAFACh que tienen por ley otorgados los permisos a 10 y 15 años. Interpretan que una ley posterior, modificatoria de la Ley IX N° 157, no debería alcanzarlos, sino que las sanciones solo serían aplicables a futuros nuevos permisos de pesca y no en forma retroactiva.
En tanto, desde el Gobierno de Chubut sostienen que la Ley IX N° 157 de Fomento de una política de desarrollo pesquero sustentable en la Provincia del Chubut estipula en el Artículo 26° que “Los permisos de pesca que se otorguen podrán serán temporarios, provisorios y precarios”.
Y sostienen, en consecuencia, que “sin caso concreto y con precariedad de todo permiso, en orden al derecho administrativo subyacente cae cualquier concesión o permiso”. Consideran que la misma lógica aplica para las explotaciones mineras, hidrocarburíferas, forestales u otras concesiones temporales estatales; o sea, todo permiso siempre es conforme a la ley que reglamente su ejercicio.
Con todo, será el Superior Tribunal de Justicia de Chubut (STJ) el que dirimirá la cuestión, primeramente, determinando si la acción interpuesta es admisible o no. En síntesis, los empresarios de la flota amarilla de Rawson no quieren ser castigados con la pérdida de los permisos de pesca en caso que incurrieran en defraudación dolosa, evasión tributaria, delitos dolosos o cometieran irregularidades vinculadas a la explotación de permisos, cuotas o habilitaciones pesqueras.
