La Asociación para el Desarrollo de la Pesca Argentina (ADPA) elaboró un pormenorizado informe sobre el impacto de la nueva política arancelaria de la Casa Blaca en el octavo complejo exportador de Argentina. El trabajo elaborado por la especialista Marisa Bircher, asesora en comercio exterior y RRII de ADPA, refiere al anuncio realizado ayer por la administración de Donald Trump que publicó un nuevo Memorándum en materia de política arancelaria.
El informe al que accedió PARTE DE PESCA indica que la nueva publicación del Memorándum, por parte de Estados Unidos, se realizó a horas de que expiren los gravámenes temporales de 10% impuestos por 5 meses a todos los productos importados luego de que la Corte Suprema de ese país anulara su anterior esquema de Aranceles Recíprocos globales.
Los nuevos aranceles alcanzan a 60 países, que en su conjunto equivalen al 99,4% de las importaciones de EE.UU., y varían entre el 10% y el 12,5% de acuerdo a los resultados de la investigación llevada a cabo por la Oficina del Representante de Comercio (USTR) en materia de políticas aplicadas sobre trabajo forzoso.
Argentina, se encuentra entre los países alcanzados por la nueva medida, pero ha logrado mantener el mismo nivel de sobretasas que tenemos desde abril de 2025 (es decir, 10%). “Si bien este tipo de aranceles nunca son una buena noticia, el nivel mínimo finalmente asignado a nuestro país nos dejaría en mejores condiciones relativas que otros países ya que es menor que la de muchos países competidores”, analiza el estudio.
Según el Memorándum publicado, se aplican desde el propio viernes 24 de Julio las siguientes tasas arancelarias adicionales:
● Tasa arancelaria del 10%: productos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, el Reino Unido y Trinidad y Tobago. De acuerdo al documento, estos países imponen una prohibición de importación de trabajo forzoso o, como en el caso de Argentina, se han comprometido a imponer y hacer cumplir dicha prohibición a través de un Acuerdo sobre Comercio Recíproco (ATI) o han impuesto un régimen parcial con el efecto de impedir la importación de ciertos bienes de trabajo forzoso.
● Tasa arancelaria del 10% o del 12,5%, neta de la tasa NMF (aranceles máximos total): Para determinados productos de la Unión Europea o Taiwán, cuando el arancel NMF (o sea el arancel normal aplicado a todos los países) de dicho producto sea inferior al 10%, de manera que la suma del arancel NMF y la nueva tasa sea del 10%, y cuando la tasa NMF de dicho producto sea mayor o igual al 10%, se impondrá una sobretasa de 0%. Para determinados productos de Japón, Corea o Suiza, cuando la tasa NMF de dicho producto sea inferior al 12,5%, EE.UU. impondrá una tasa de manera que la suma de la tasa NMF y la nueva tasa sea del 12,5%, y cuando la tasa NMF de dicho producto sea mayor o igual al 12,5%, EE.UU impondrá una tasa del 0%.
● Tasa arancelaria del 12,5%: para los productos de todas las demás economías.

USTR–2026–0266), Federal Register, 23 de julio de 2026.
El Memorándum publicado por la Casa Blanca prevé asimismo diferentes tipos de exenciones, limitadas a los productos identificados en el Anexo del documento (no incluye productos del sector pesquero) a razón de que constituyen:
- materias primas que, de estar sujetas a estos aranceles, podrían provocar la falta de disponibilidad de suministro en EE.UU;
- productos que podrían causar perturbaciones en toda la economía si estuvieran sujetos a estos aranceles;
- productos que no pueden cultivarse o producirse en cantidades suficientes en EE.UU. u obtenerse de otras fuentes;
- productos para los cuales estos aranceles pueden no ser efectivos para lograr la eliminación de los actos, políticas y prácticas de las economías que se consideran objeto de acciones legales en las investigaciones (trabajo forzoso); o
- ciertos productos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, la Unión Europea, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán o el Reino Unido que alentarían a estas economías a cumplir con los compromisos en materia de prohibiciones de importación de trabajo forzoso o a alentar a estas economías a promulgar y hacer cumplir efectivamente una prohibición de importación de trabajo forzoso.
Durante la presentación de la nueva medida el Representante Comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, ha informado que se podrán conocer más detalles sobre exenciones en los próximos días por lo que deberemos estar atentos a nuevos listados especialmente en el marco del último punto arriba señalado.
