El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 16 de CABA declaró concluida de manera definitiva la quiebra de la empresa Antonio Barillari S.A., una de las causas concursales más extensas y complejas vinculadas al sector pesquero argentino, al considerar cumplidos los requisitos legales del avenimiento y del pago total del pasivo. La decisión judicial ratifica el esquema impulsado y financiado por la firma Mirabella S.R.L., empresa que durante los últimos años aportó los fondos necesarios para cancelar las acreencias verificadas y sostener la conservación de los activos involucrados en el proceso.

La resolución fue dictada el 25 de junio de 2026 por el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 16, a cargo del juez Diego Manuel Paz Saravia, en el marco del expediente iniciado en 2008. El fallo consolida el criterio que ya había sido avalado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y pone fin a una larga etapa de litigios que se prolongó durante casi dieciocho años.

El magistrado consideró acreditado que la totalidad de los créditos verificados y declarados admisibles cuentan con cobertura suficiente, ya sea mediante pagos efectivos, conformidades otorgadas por los acreedores o fondos depositados judicialmente para garantizar las acreencias pendientes de percepción. En consecuencia, resolvió hacer efectiva la conclusión de la quiebra por la modalidad mixta de avenimiento y pago total prevista en la Ley de Concursos y Quiebras.

Uno de los aspectos centrales de la sentencia fue el análisis de la situación del acreedor Domingo López, quien mantenía objeciones respecto de la cuantía de su crédito y del alcance de las garantías constituidas en el expediente. El tribunal rechazó esos planteos al entender que la cuestión ya había sido resuelta por la Cámara Comercial, que había fijado el monto de la acreencia en dólares estadounidenses y determinado los parámetros para su actualización.

En ese contexto, la Justicia concluyó que los fondos depositados en moneda extranjera resultan suficientes para garantizar íntegramente el crédito reconocido, que asciende a más de 557 mil dólares entre capital e intereses. Asimismo, dispuso que esos recursos continúen invertidos a plazo fijo hasta que corresponda su liberación definitiva.

Otro de los puntos relevantes del fallo fue la validación de las cartas de pago y conformidades suscriptas por los acreedores laborales. La resolución rechazó el cuestionamiento formulado por el Ministerio Público Fiscal respecto de la necesidad de patrocinio letrado para esos actos, al considerar que la legislación concursal únicamente exige la debida autenticación de las firmas y que no existían impugnaciones concretas por parte de los trabajadores involucrados.

Para el juzgado, imponer nuevos requisitos formales en esta etapa del proceso hubiera significado introducir exigencias no previstas por la ley y prolongar innecesariamente un procedimiento que ya contaba con suficiente publicidad, control judicial y mecanismos de tutela para los acreedores.

La sentencia también destacó la situación financiera alcanzada por el expediente. Según informó la sindicatura, los fondos existentes en las cuentas judiciales permiten afrontar la totalidad de las acreencias pendientes de cobro, incluyendo aquellas correspondientes a acreedores no hallados o renuentes. Para ese grupo de acreedores se encuentran disponibles más de 217 millones de pesos, suma que deberá ser puesta a disposición para su percepción mediante los mecanismos establecidos por el tribunal.

El fallo reconoce además que la modalidad de conclusión impulsada por Antonio Barillari S.A. y sostenida económicamente por Mirabella S.R.L. logró reunir las conformidades necesarias y asegurar la cobertura integral del pasivo concursal. Durante la tramitación del expediente, Mirabella efectuó sucesivos aportes de fondos destinados tanto al pago de acreedores como al mantenimiento y preservación de los bienes involucrados en la quiebra.

En relación con esos activos, el juez dispuso la restitución de la posesión de los bienes registrables a Antonio Barillari S.A., sociedad que recupera plenamente su capacidad de administración y disposición patrimonial una vez concluido el proceso falencial. Hasta que la resolución adquiera firmeza, la empresa continuará actuando como depositaria judicial de los bienes bajo supervisión del tribunal.

La decisión también ordena el levantamiento de la inhibición general de bienes y de las restantes medidas cautelares que pesaban sobre la fallida, sujeto a la prestación de una caución juratoria por parte de Antonio Barillari S.A. y Mirabella S.R.L., quienes deberán responder solidariamente ante cualquier eventual requerimiento futuro vinculado con el expediente.

Por otra parte, el magistrado resolvió prescindir de la integración operativa del Comité de Control al considerar que, en la etapa final del proceso, ya no subsisten funciones que justifiquen su intervención activa, especialmente teniendo en cuenta que el pasivo se encuentra íntegramente cubierto y que la sindicatura continúa ejerciendo tareas de fiscalización.

La resolución ordena además la publicación de edictos informando la conclusión definitiva de la quiebra y la comunicación de la decisión a distintos juzgados vinculados con procesos relacionados.

Con este pronunciamiento, la Justicia pone punto final a una quiebra iniciada hace casi dos décadas y confirma la viabilidad del esquema de avenimiento y pago total que permitió satisfacer las exigencias legales para la conclusión del proceso. Para Mirabella S.R.L., la sentencia representa la consolidación definitiva de una estrategia que combinó aportes financieros, acuerdos con acreedores y preservación de activos con el objetivo de alcanzar el cierre integral de uno de los concursos más prolongados y controvertidos del ámbito empresarial pesquero argentino.

De este modo, la empresa Mirabella logra tener el 100% del control de la firma Antonio Barillari S.A., al declararse efectiva la conclusión de la quiebra por modalidad mixta de avenimiento y pago total, retomando el control total de los bienes y el levantamiento de las inhibiciones.

Con todo, la empresa Mirabella con planta de procesamiento en Puerto Madryn, anunció que prevé iniciar sus operaciones a partir del 1° de julio, en el marco de la temporada de pesca de langostino de aguas nacionales.

Compartir.
Dejar un comentario

The maximum upload file size: 2 MB. You can upload: image, audio, video, document, spreadsheet, interactive, text, archive, code, other. Links to YouTube, Facebook, Twitter and other services inserted in the comment text will be automatically embedded. Drop file here