El Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación (STIA) provocó un bloqueo en la planta de una pesquera Fuertes Vientos S.A., ubicada en la calle Perú 1086 en el parque industrial liviano de Puerto Madryn; la empresa denunció el hecho ante el Ministerio de Seguridad de Patricia Bullrich, pero no se activó el protocolo antibloqueo que entró en vigencia esta semana.

“Un grupo de despedidos de la pesquera Fuertes Vientos, más tercerizados con quienes la empresa no está obligada, junto con fuerza de choque del STIA, se apostó este miércoles en el portón de ingreso la planta de la firma Fuertes Vientos. Allí, el grupo sindical prendió fuego neumáticos en reclamo de pago de haberes”, relata una fuente al tiempo de indicar que posteriormente “la empresa realizó la denuncia policial correspondiente, así como el pedido de intervención de la Secretaría de Trabajo, sin conseguir intermediación efectiva”, advirtieron desde la firma.

Teniendo en cuenta que la medida de reclamo incluyó el bloqueo del portón de acceso y egreso, impidiendo el normal tránsito del personal dependiente y de los rodados con materia prima, se hizo la denuncia ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, conforme flamante “Protocolo de actuación frente a bloqueos” dispuesto por Resolución Nº 901/2024.

“Si bien se dio aviso telefónico al 134, al WhatsApp 1138524561 y por correo electrónico a la dirección bloqueos@minseg.gob.ar, como dispone el Artículo 2º de dicha Resolución, ninguna respuesta hubo de las fuerzas policiales”, señalan desde la empresa.

No hubo respuesta del ministerio de Bullrich, no se activó el mentado protocolo. Y a nivel provincial tampoco hubo pronunciamiento del Gobierno Provincial, ni de las cámaras empresariales del sector.

Esta semana se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución 901/2024 del Ministerio de Seguridad de la Nación, por medio de la cual se establece un “Protocolo de actuación frente a bloqueos”.

A través de su artículo 1, dispone que se entenderá por bloqueo “a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional”.

De tal forma, ante un bloqueo sindical o laboral, el abogado José Ignacio Bellorini aconseja sumar esta nueva herramienta a las que ya se aplicaban hasta la fecha, en forma inmediata, escalonada y acumulativa, con los siguientes elementos:

  • Denuncia telefónica ante la Comisaría policial local. Se debe dejar además denuncia en forma presencial ante la misma Comisaría.
  • Denuncia formal papel ante la Secretaría de Trabajo local.
  • Constatación notarial.
  • Denuncia al Ministerio de Seguridad Nación vía telefónica al número 134 y/o por WhatsApp al número 1138524561 y por correo electrónico a casilla bloqueos@minseg.gob.ar.

Bellorini recuerda que la Ley Bases modificó el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo e incluyó expresamente la posibilidad que el empleador despida con causa al empleado que participe en forma activa en bloqueos o tomas de establecimiento.

En ese sentido, la Resolución del Protocolo antibloqueos dispone en el Artículo 6 que las fuerzas policiales y de seguridad federales identificarán a los responsables y participantes del bloqueo, a fin de su inmediata remisión al Ministerio Público Fiscal.

Y, a través del Artículo 5, establece que se comunicará de manera inmediata la información a la Secretaría de Trabajo y a las personas físicas o jurídicas afectadas, a fin de que puedan proceder de acuerdo con lo previsto-justamente en el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Sin embargo, ante el primer bloqueo laboral tras la aprobación de la reforma laboral de la Ley Bases y el nuevo Protocolo anti bloqueos del Ministerio de Seguridad, la empresa no logró que esto se aplicara.

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