El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) reclamó a las cámaras pesqueras CAPECA, CAPIP, CEPA, CAABPA y CAIPA la actualización de los acuerdos suscriptos en torno al tipo de cambio diferencial que se estableció para las Economías Regionales, entre cuyas actividades se incluyó a la pesca.
En relación al Decreto 378/2023 respecto al Programa de Incremento Exportador, que comienza a regir desde su publicación en Boletín Oficial, es decir, a partir del 24 de julio, donde se modifica el valor establecido en el decreto 194/23, para las liquidaciones de divisas que se exporten hasta el 31 de agosto inclusive perfeccionen dicha operatoria a trescientos cuarenta pesos por cada dólar estadounidense.
“Esta entidad gremial firmó actas acuerdo con las cámaras empresariales en relación al Programa de Incremento Exportador alcanzado a los trabajadores comprendidos por los Convenios Colectivos de Trabajo suscriptos y vigentes entre las partes, dejando establecido en el acta acuerdo que en caso de que la cotización del dólar sea superior, siempre predominará el valor superior”, comunico el gremio de los marineros.
Por lo que, el sindicato interpreta que “el diferencial acordado entre las partes en actas acuerdo, tendrá que ser liquidado a partir del 24 de julio de 2023 al valor contemplado de trescientos cuarenta pesos”.
