El presidente de la Asociación de Pescadores Artesanales de Puerto Madryn, Emanuel Delgado, destacó los alcances de la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chubut que les dio la razón a quienes desde hace años vienen reclamando el libre acceso a la costa y bregó para que tal como se habilitó el ingreso a Bahía Cracker, también esto se replique en Playa Canto, El Pedral y Punta Pardelas.
“Recibimos con satisfacción la decisión de la Corte de Chubut que confirma el fallo anterior y nos da la razón en este reclamo que desde hace tantos años venimos teniendo”, dijo al tiempo de señalar que el reclamo no se acotaba a ese sector, sino que debían revisarse otras restricciones ya existentes.
La Cámara de Apelaciones de Trelew, primero, y el Superior Tribunal de Justicia de Chubut, después, ratificaron que el Estado debe garantizar un acceso libre de impedimentos a la zona costera. El fallo, especifica, Bahía Cracker, tras lo cual, las entidades vinculadas a la pesca artesanal y deportiva reclamaron a la Secretaría de Pesca de Chubut, que conduce Andrés Arbeletche, que haga cumplir la manda judicial en toda la jurisdicción.
En este marco, la Asociación de Pescadores Artesanales de Puerto Madryn junto al Club de Pesca, Náutica y Caza Submarina de Trelew, el Club de Pesca y Náutica de Rawson, el Club de Pesca El Golfo de Puerto Madryn, y la Junta Promotora de APDH presentaron este lunes 18 de agosto ante la Secretaría de Pesca de Chubut un formal reclamo para que se efectivice el ingreso a la zona costera en diferentes puntos conforme a lo dispuesto por el máximo órgano judicial de la provincia.

Según consta en la presentación, las entidades advierten que a pesar del fallo sigue habiendo, en la práctica, impedimentos de acceso y, por ello, instaron al funcionario provincial a que actúe en consecuencia. En la nota dirigida a Andrés Arbeletche indican que es “a los efectos de informarle por esta vía que existen restricciones que impiden el ingreso Playa Canto, Playa El Pedral y Punta Pardelas, en franca violación de los arts. 4 y 5 de la Ley XVII Nº 8”.
Asimismo, aseguran que las restricciones “consisten en el cierre de tranquera con candado que obstaculizan el acceso a las playas impidiendo disfrutar del espacio público. Se trata de un caso similar al ventilado en el juicio “Club de Pesca, Náutica y Caza Submarina de Trelew y Otros c/ Provincia Del Chubut s/ Acción De Amparo (AU)” (Expte.026180/2024), de trámite por ante el Superior Tribunal de Justicia, que obtuvo sentencia definitiva 25/25, que confirmó la servidumbre administrativa de paso para el dueño del fundo y la obligación de controlar y quitar cualquier restricción para la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut”, reprochan sobre el accionar de Andrés Pedro Arbeletche en 2024, que después dio marcha atrás en sus pasos reconociendo que se excedió en el uso de las facultades conferidas por ley que norma su cargo.
