Aunque destacó que “el texto seguirá siendo trabajado hasta el momento de su debate”, la agencia Noticias Argentinas difundió este jueves el borrador del proyecto de Ley de Reforma Laboral, que el Gobierno aspira que se trate en sesiones extraordinarias. La propuesta, que hasta el momento cuenta con 182 artículos, plantea cambios radicales en los alcances la Ley de Contrato de Trabajo, además de otras normas complementarias cuyo objetivo, según se señala, apunta a acotar juicios laborales, promover empleo formal y “actualizar las relaciones laborales a los nuevos modelos productivos”.

El borrador difundido por NA destaca la creación de un Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que permitiría a los empleadores regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, es decir se busca achicar los niveles de trabajo ‘en negro’, y entre los beneficios ofrecidos a quienes se sumen a esa premisa, figuran la condonación de deudas previsionales, multas e intereses, además de la baja del REPSAL, siempre que las empresas “blanqueen a la totalidad del personal alcanzado”.

En materia de registración, el documento propone centralizar la registración en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y suprimir el capítulo de multas por trabajo no registrado. No obstante, el borrador mantiene que la falta de registración seguirá siendo una ‘presunción favorable’ al trabajador en caso de esa relación llegue a la instancia de juicio laboral.

Uno de los ejes principales del borrador es la modificación del régimen indemnizatorio. En el borrador se redefine la base de cálculo, fijando topes equivalentes a tres veces el salario promedio del convenio aplicable, y se establece un piso del 67% del salario normal y habitual. También habilita a los convenios colectivos a reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral sostenido por los empleadores.

El documento preliminar introduce además cambios en el artículo 212 vinculado a enfermedades y accidentes laborales, ajustando los criterios para la reincorporación del trabajador y establece distintas modalidades de indemnización según el tipo de incapacidad.

En cuanto a los procedimientos de crisis y las negociaciones colectivas, el documento propone reforzar “la obligación de negociar de buena fe”, incorporando sanciones para las partes que entorpezcan el proceso y se exigirá “mayor transparencia” en la información que las empresas deben brindar a los sindicatos.

El borrador también plantea una nueva fórmula de actualización de créditos laborales —basada en IPC más un 3% anual— y fija límites para las causas en trámite con el fin de evitar indemnizaciones superiores a las que resultarían del esquema previsto.

Además, el texto analiza beneficios para incentivar la contratación de nuevos empleados, con reducciones temporales en las contribuciones patronales a distintos subsistemas de la seguridad social. El proyecto seguirá siendo trabajado por el Ejecutivo antes de definir la versión final que será elevada al Congreso, pero ese es el “contexto general” que llegará de manera formal este martes 9 de diciembre al Congreso Nacional.

La última versión de la reforma laboral de Javier Milei eliminó algunos de los puntos que rechazaba la CGT para tratar de que el proyecto pueda ser aprobado rápidamente en el Congreso: ya no figura es la limitación de las cuotas solidarias, que iba a poner en riesgo el financiamiento de los sindicatos y era una propuesta defendida por Federico Sturzenegger.

A diferencia de la versión anterior, la iniciativa establece que la prelación de los convenios por empresa o por región, pero establece que en ese ámbito “la representación sindical será la del o los sindicatos de primer grado con personería gremial en el ámbito territorial y personal que se pretenda negociar”, algo que mantiene el “poder de lapicera” de los gremios y no habilita a las comisiones internas.

También desapareció un artículo que reducía la cantidad de delegados en las empresas, aunque se mantiene la regulación de las asambleas de trabajadores en los establecimientos al obligar a que tengan “autorización previa” del empleador, tanto respecto donde se realizará el horario y el tiempo de su duración y si se realiza dentro de la empresa deberá requerir autorización respecto del lugar.

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