POR FÉLIX SATURNINO

Finalmente el Gobernador Ignacio Torres, ha resignificado el valor de la palabra, ratificando su promesa electoral de derogar la Ley de Pesca, aunque por motivos que se ignoran -aunque se presumen- ha bajado su apuesta.

Su decisión merece un reconocimiento, pues aún cuando algunos Permisos sean otorgados nuevamente a algunos de sus actuales titulares, ello ocurrirá dictando una ley justa, y un sistema de otorgamiento transparente.

Justamente, la transparencia y el fin de los privilegios son sus banderas de gobierno, las que NO podrá exhibir si no deja sin efecto los restantes CINCO (5) PERMISOS denominados VA.COPA.´S (Permisos Experimentales de Variado Costero Patagónico), que nunca pescaron -salvo una excepción- dicho conjunto íctico, a sabiendas de su ilegalidad, y replicando fundamentos falsos, en cada resolución de otorgamiento.

La existencia de estos Permisos Experimentales, han sido durante años símbolo de la ilegalidad más manifiesta, el producto de otorgamientos discrecionales con sospechas fundadas de parcialidad, por ser benévolo con los adjetivos, incluso, con titulares y/o beneficiarios duales sin ser condóminos, un verdadero socio a palos, una rareza legal para una Permiso otorgado por el entonces Secretario de Pesca en tiempo récord con irregularidades manifiestas, a tal punto que los Sres. Legisladores intentaron enmendar u ocultar tanto abuso y arbitrariedad con la asignación del 6º VA.CO.PA., a quien fue despojado del que le correspondía.

La Ley IX-157 dispuso la creación de:

  1. NUEVE (9) NUEVOS PERMISOS DE PESCA, de los denominados o conocidos como FLOTA AMARILLA, y

El impacto ambiental medido en su capacidad de pesca, implicará aproximadamente -con un criterio conservador- unas 15.000 toneladas MÁS de captura anuales de la especie langostino, lo que ya se evidencia en la temporada 2022/2023.

No existe ninguna duda que la pesca de LANGOSTINO involucra un recurso transzonal, tan es así que ha sido legislado de forma interjurisdiccional por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, con un índice de biomasa decreciente, con base científica y empírica, y teniendo presente que en el Acta Nº 11/2023, de fecha 13 de abril, el Consejo Federal Pesquero, -con el voto favorable del Representante de la Provincia del Chubut- resolvió recurrir una Orden Judicial por existir un daño ambiental por la actividad de UN Buque, cuyas capturas no alcanzan las 1.000 toneladas.

Se ha reconocido públicamente que se trataba de un “blanqueo”, que todo existía aunque de forma ilegal, es decir, violando la Ley, lo que implica que algunos no hicieron en estos años lo que debían hacer, lo que tiene la estatura jurídica de una confesión de varios delitos, incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad en los otorgamientos, etc.

Cuandose avanza en la lectura del Articulado de la Ley, no cabe duda que tiene TRES (3) OBJETIVOS, muy claros, sencillos de leer, no se requiere ser un Jurista para entender de que se trata, los que podrían resumirse del siguiente modo:

  • IMPUNIDAD PARA QUIENES GENERARON Y SE BENEFICIAN DEL SISTEMA ILEGAL
  • CONSOLIDAR UN MODELO O REGIMEN POR FUERA DE LA LEY
  • BENEFICIAR A UN “CLUB DE AMIGOS”

El ARTÍCULO 34, 2.4 dispone, sin ningún disimulo, en un pase de magia digno de Copperfield, otorgar a quienes debían recibir un PERMISO DE PESCA DE VARIADO COSTERO PATAGÓNICO, la especie sobre la que experimentaron con fines científicos al decir del CONSEJO FEDERAL PESQUERO durante más de 15 años, con cambios de titulares según los Gobiernos de turno, un PERMISO DE PESCA IRRESTRICTO DE FLOTA AMARILLA, incluso, de última hora se agregó un SEXTO -el que el Sr. Gobernador Torres ha decidido dejar sin efecto, con sobrados fundamentos legales para ello, que había sido sumado AL SOLO EFECTO DE SER TRANSFORMADO.

De esta forma, se consumó EL FRAUDE DE LOS VA.CO.PAS, transformando en Permisos de flota amarilla, en favor de unos pocos “elegidos”,  Permisos de carácter experimental, un beneficio que no reconoce basamento legal alguno, es más, constituye un sistema que acredita los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, además de otros, por investigar y resolver, teniendo en cuenta que se otorgaban durante la vigencia de la Ley IX-75 (años 2007-2023), violándola a sabiendas, siendo que la debían hacer cumplir.

NUNCA FUERON LICITADOS, O REGLAMENTADO SUS OTORGAMIENTOS, SOLO DISCRECIONALIDAD, ARBITRARIEDAD, ABUSO y ….. SILENCIO !!!!!

Su mérito, su único atributo para que les sean otorgados, es ser “amigos” del poder de turno, y que los Legisladores no hayan advertido el sinnúmero de problemas jurídicos en materia pesquera que se avecinan, aunque la sociedad de Chubut y el Gobierno lo visualizaron con claridad y sin esfuerzo.

Dichos beneficiarios fueron mutando con los años, desde el inicio del Plan, dentro de la farsa “ilegal” llamada VA.CO.PA, incluso con un Informe de la propia Secretaría de Pesca del año 2012, seguramente el SEÑOR Cap. Hugo Stecconi -quien dispuso las condiciones legales para poner fin al Plan, las que sus continuadores no respetaron-, podrá aclarar en sede judicial más al respecto.

¿ Quiénes son hoy algunos de esos beneficiarios ?

No son otros, que el CLUB DE LOS 5 VIVOS, al decir del Sr. Gobernador  Ignacio Torres, desde el mes de Octubre de 2022, en la feria de Vigo.

Que no cabe ninguna duda que estos SEIS (6) NUEVOS PERMISOS DE FLOTA AMARILLA, deberían recibirlos quienes dan trabajo en tierra, NO quienes no tienen una nómina de empleo que no llega a las 10 personas, incluida -quizás- su personal doméstico.

Tomada la decisión política de crear los NUEVE (9) NUEVOS PERMISOS DE FLOTA AMARILLA, quizás los más valiosos de todo el caladero argentino, los que según el Sr. Gobernador Arcioni en el año 2020 tenían un valor de DOS MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 2.000.000.-), FUERON OTORGADOS EN FORMA GRATUITA Y SIN NINGUNA CONDICIÓN, quizás por eso el Dr. Arcioni ha preferido que la Ley se promulgue por aplicación de los plazos que fija la Constitución Provincia, y no poner su firma para hacerlo.

Una LEY DE PESCA, es nada más y nada menos que un instrumento legal destinado a regular la vida de buena parte de los chubutenses, de miles de trabajadores, de Empresas nacionales e internacionales radicadas en la Provincia del Chubut, de mercados que valorizan y demandan sus productos, de una Provincia que considera a esta actividad como uno de sus principales pilares socioeconómicos.

La Ley IX-157 por el contrario, es un “traje a medida”, que solo intenta lograr que todas las irregularidades, excesos en las capturas, modificaciones ilegales de algunos Permisos de pesca, mediante el dictado de actos nulos de nulidad absoluta, salgan definitivamente a la luz, lo que el Sr. Gobernador sostiene no ocurrirá.

¿ Cuál fue el sentido o la razón para dictar una NUEVA LEY DE PESCA ?

Queda expuesto en su contenido que la única motivación de la Ley es ocultar irregularidades y/o responsabilidades a investigar y determinar, por una parte, y por otra, favorecer de manera burda, escandalosa, a un determinado –minúsculo en número- grupo de armadores, que pretenden seguir viviendo en y de la ilegalidad.

Una cosa es generar trabajo y riqueza para una Provincia y para el país, y otra muy distinta, es enriquecer a algunos empresarios, violando las leyes vigentes, y los derechos de todos los restantes Armadores provinciales y nacionales.

Esto es lo que ha hecho la nueva Ley de Pesca de Chubut.

Si los Legisladores querían otorgar NUEVE (9) nuevos Permisos de Pesca, la respuesta, la solución legal la encontraban en la LEY DE PESCA IX Nº 75, concretamente en su Artículo 30, el mismo que se elimina de un plumazo en la nueva Ley, sin que los trabajadores hayan emitido el más mínimo sonido, salvo algunos de sus dirigentes para aplaudir públicamente semejante mamarracho jurídico.

Corresponde tener presente lo que establecía el DEROGADO ARTÍCULO 30 DE LA LEY DE PESCA IX-Nº 75 DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, que textualmente disponía:

“Los titulares de permisos de pesca de buques de la flota amarilla deberán presentar un proyecto de desarrollo pesquero anual que contemple: destino de la captura realizada, innovación tecnológica, capacitación de mano de obra u otro que, a criterio de la Autoridad de Aplicación, satisfaga los objetivos de la presente ley.” (sic)

La aplicación de la normativa que surge de los Arts. 30 y siguientes, de la Ley IX Nº 75, permitía el otorgamiento de NUEVE (9) PERMISOS DE PESCA, pero pareciera que ello no servía a los intereses y/o compromisos del Gobierno anterior, o a los 8 Diputados que elaboraron el Proyecto, a los que debemos sumar a los que la votaron favorablemente, aunque no cabe duda que mucho menos servirá a los trabajadores, que son ignorados olímpicamente, y no han advertido la gravedad y magnitud de las consecuencias de la nueva Ley.

El Dr. Julio César Strassera, interpretado magníficamente por Ricardo Darín en la película “ARGENTINA 1985”, en su memorable alegato final les interrogó con humildad y firmeza a los miembros de las Juntas Militares, “ COMO PUEDEN PENSAR QUE LOS DEMÁS NO NOS ÍBAMOS A DAR CUENTA ….??? ” , y HOY analizando la Ley IX-Nº 157, cabe preguntarles a los Sres. Legisladores de Chubut que redactaron la Ley, a los Empresarios favorecidos con Permisos ilegales, a los funcionarios que dictaron las normas de un sistema fraudulento:

“ COMO PUEDEN PENSAR QUE LOS DEMÁS NO NOS ÍBAMOS A DAR CUENTA ….??? ”

QUE las bodegas se han multiplicado violando la Ley en su artículo 35 de la Ley IX-75 (vigente hasta Enero de 2023), reglamentando un artículo después de 11 años, mediante el Decreto 1109/2018, sin considerar el Dictamen Fiscal en el caso: “DUFOUR”, publicado en todos los diarios de la Provincia de Chubut durante meses, aceptando reformulaciones de alcance nacional, reformulaciones que no existían al momento del dictado de la Ley IX Nº 75, siendo que mal puede reglamentarse, lo que no ha sido -siquiera- previsto por la Ley.

“ COMO PUEDEN PENSAR QUE LOS DEMÁS NO NOS ÍBAMOS A DAR CUENTA ….??? ”

QUE al año siguiente, 2019, esas transformaciones ilegales -aumentos de bodegas modificando los Permisos sin intervención del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, algo nunca visto, al menos en 35 años a esta parte, dieron lugar a los “PERMISOS PRIMAVERA del 2019”, una exclusiva categoría de los Permisos ilegalmente modificados de parte de la flota de Rawson, Permisos doblemente ILEGALES.

Mientras otros, todos los demás Armadores del país, debían adquirir Buques, Permisos de Pesca, a costos millonarios para reformular sus derechos, otros, algunos pocos, disponían de herramientas tan ingeniosas y rápidas como ilegales.

Una verdadera organización montada para una flota en particular, cuesta creerlo, pero es verdad, y los hechos (las capturas) y los documentos emitidos (permisos de pesca) así lo demuestran.

Cuesta creer también -lo tendrán que demostrar- que los Sres. Diputados que redactaron el Proyecto de Ley no lo supiesen, incluso se pidieron Informes que debieron ser leídos al menos, y aún así, siguieron adelante, o bien, a ciegas, o bien, empujados por otros intereses.

Obrar de tal modo no es solo negligencia, ….

El dictado de la Ley IX-157 generó un espectáculo vergonzoso, pero el CONSEJO FEDERAL PESQUERO -con el voto favorable del Representante de la Provincia del Chubut- al resolver el caso del Buque “FELIX AUGUSTO” (Acta CFP Nº 18/2023, de fecha 01 de Noviembre de este año 2023), ha sostenido -con razón y legalidad-, QUE:

“…  Nadie tiene derecho a realizar una actividad contraria a su regulación legal o reglamentaria, aún cuando hipotéticamente haya realizado actos de esta calidad. La comisión de un delito, una contravención o una infracción no es un título que confiera válidamente un derecho a obrar de manera contraria al ordenamiento jurídico.” (sic)

Una nueva ley, no oculta ni borra las irregularidades cometidas, ni convalida los derechos ilegales de muchos, ni oculta las pruebas estadísticas de los excesos en las capturas ilegales, ni impedirá la investigación de los hechos y actos ilícitos llevados a cabo, por el contrario, los mostrará con mayor evidencia, y más pronto que tarde, La Ley si no fuese derogada como el Sr. Gobernador prometió y hoy ratifica, correrá la misma suerte que la Declaración de Inconstitucionalidad parcial de la Ley de Pesca IX – Nº 75, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Resulta evidente que la no derogación de la nueva Ley, permitirá convalidar la pesca ilegal de los permisos concedidos a su amparo.

El Sr. Gobernador trabajó juntamente con la justicia, para lograr una sentencia que expulsará del Puerto de Rawson a quien había cometido una violación, correspondería hacer lo propio con quienes han violado la Ley durante estos últimos años.

De lo contrario, los tiempos de la Justicia -en verdad, de los Jueces- hasta el dictado de una sentencia, solo servirá para recordar los años de pesca ilegal en manos de los “privilegiados”, ratificando que la justicia lenta, no es justicia.

HOY el Sr. Gobernador tiene el poder y la oportunidad de hacer justicia respetando su palabra, dejando atrás la oscuridad de la medianoche en que los Sres. Legisladores votaron por sus intereses o los de algunos privilegiados, intereses que no son los del Pueblo de Chubut.

Al igual que el Sr. Gobernador, la tarea no estará concluida en nuestro caso, hasta analizar cada uno de los Permisos que deben ser dejados sin efecto por aplicación de la Ley, …

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